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ATECO 74.12.09 · coeficiente del 78 % Actualizado para 2026

Impuesto forfettario para diseñador gráfico en Italia (2026)

Diseñadores gráficos y visuales autónomos que trabajan con clientes en marca y comunicación. La actividad de diseñador gráfico se clasifica en el código ATECO 74.12.09 (Otras actividades de diseño gráfico y comunicación visual).2 En el regime forfettario esa actividad tiene un coeficiente de rentabilidad del 78 %, así que el 78 % de los ingresos se considera renta imponible.1

Ejemplo práctico. Quien trabaja como diseñador gráfico y factura 50.000 € al año se queda con unos 38.391 € netos con el mejor régimen (forfettario 5 % (actividad nueva)) — una carga efectiva del 23 %, INPS incluido.3 Mueve el control deslizante de abajo para ver tu propia cifra.

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50.000 €
€5ktope 85k €€200k+

Base imponible del forfettario = ingresos × coeficiente del 78 % (tu actividad). El INPS del 26,07 % y el impuesto sustitutivo del 5 %/15 % se calculan sobre esa base.

Forfettario 5 % (actividad nueva)
MEJOR
38.391 €neto · 23 % efectivo
5 % sobre la base del coeficiente del 78 % + INPS 26,07 % sobre esa misma base
Neto€38.391(76.8%)
INPS€10.167(20.3%)
Impuesto sustitutivo€1.442(2.9%)
Forfettario 15 %
35.508 €neto · 29 % efectivo
15 % sobre la base del coeficiente del 78 % + INPS 26,07 % sobre esa misma base
Neto€35.508(71.0%)
INPS€10.167(20.3%)
Impuesto sustitutivo€4.325(8.6%)
Ordinario + Impatriati 50 %
33.222 €neto · 34 % efectivo
IRPEF sobre el 50 % de (ingresos − INPS) + INPS 26,07 % hasta el máximo de 122.295 € (D.Lgs. 209/2023)
Neto€33.222(66.4%)
INPS€13.035(26.1%)
IRPEF + recargos€3.743(7.5%)
Ordinario (sin bonificaciones)
27.197 €neto · 46 % efectivo
IRPEF progresivo sobre (ingresos − INPS) + INPS 26,07 % hasta el máximo de 122.295 €
Neto€27.197(54.4%)
INPS€13.035(26.1%)
IRPEF + recargos€9.768(19.5%)
Neto disponible según ingresos — Diseñador gráfico (coeficiente del 78 %)

Las líneas del forfettario se detienen en el tope de 85.000 €. Mismo motor determinista que el chat de TaxCompass.

¿Por qué un coeficiente del 78 % para diseñador gráfico?

El diseño gráfico y visual es la división ATECO 74 (otras actividades profesionales, científicas y técnicas) → 78 %. Fíjate en el contraste con el *desarrollo* web (62.10, 67 %).1

Actividades profesionales, científicas y técnicas (78 %). Las profesiones de servicios puros (consultoría, diseño, ingeniería, traducción, docencia, salud, finanzas) tienen pocos costes de mercancía, así que la ley presume que el 78 % de los ingresos es beneficio y grava esa parte.

Requisitos y trampas transfronterizas

  • •Diseñar los gráficos de una página web es el 74.12 (78 %); programar el sitio es el 62.10 (67 %): son códigos distintos.
  • •Vender tiradas impresas o merchandising añade un elemento comercial (40 %): mantén aparte los honorarios de diseño.

El límite de 85.000 €, el impuesto sustitutivo del 5 %/15 % y las reglas anteriores proceden de la ley del forfettario; quien acaba de llegar a Italia debería revisar también el régimen impatriati.45

Preguntas frecuentes

¿Un diseñador gráfico tributa al 78 % en el forfettario?

Sí. El diseño gráfico y visual (ATECO 74.12) está en el grupo profesional, así que el coeficiente es el 78 %.

¿Puede un extranjero abrir una partita IVA como diseñador gráfico en Italia?

Sí. Los ciudadanos de la UE pueden darse de alta directamente en la partita IVA; los de fuera de la UE suelen necesitar un permiso de residencia válido que permita el trabajo autónomo. El propio regime forfettario está abierto a los residentes sea cual sea su nacionalidad, dentro del límite de 85.000 € de ingresos y de los demás requisitos.

¿Cómo se calcula el impuesto forfettario de diseñador gráfico?

Tu base imponible es ingresos × el coeficiente del 78 % del código ATECO 74.12.09. Sobre esa base se cobra el INPS Gestione Separata (26,07 %), que es deducible, y después se aplica un impuesto sustitutivo del 5 % (los primeros 5 años) o del 15 %, que sustituye al IRPEF, a sus recargos y al IVA.

¿Qué ocurre por encima de 85.000 € de ingresos?

Superar los 85.000 € pone fin al forfettario a partir del año siguiente y te pasa al régimen ordinario (regime ordinario), donde se aplica el IRPEF progresivo. Quien acaba de llegar a Italia puede, en cambio, beneficiarse del régimen impatriati.

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Estudio de datos: tipo efectivo por profesión

Fuentes

  1. 1.Normattiva — L. 190/2014, art. 1 commi 54–89 e Allegato 4 (regime forfettario, coefficienti di redditività)
  2. 2.ISTAT — Struttura ATECO 2025 (IT/EN)
  3. 3.Normattiva — L. 335/1995, art. 2 (INPS Gestione Separata)
  4. 4.Agenzia delle Entrate — Regime forfetario: le regole
  5. 5.Normattiva — D.Lgs. 209/2023, art. 5 (regime impatriati), testo in vigore dal 10-10-2025 al 31-12-2026

Cada cifra de esta página se apoya en fuentes primarias — el mismo estándar que el chat de TaxCompass. Es orientación con fuentes, no asesoramiento fiscal.

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